MOCIÓN #1
MOCION DE LA COMISION DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
PROPONENTES: Minor Robles Vargas, Johanna Canales Gómez y Yerson Alonso Gómez Solano
ASUNTO: Calendario para Nombramiento de la Nueva Junta Directiva del Comité de la Persona Joven de San Rafael de Heredia
La Comisión de Gobierno y Administración en ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el Art. 170 de la Constitución Política, Art. 13, 44 y 49 del Código Municipal y con los siguientes considerandos emite el siguiente dictamen 0014- CGA- 2026
CONSIDERANDO:
Al ser las catorce horas cinco minutos del Ocho de Octubre de dos mil veintiséis, reunidos los miembros de la Comisión para el nombramiento del Comité de la Persona Joven de San Rafael de Heredia, mediante acuerdo de Órgano Colegiado se acordó lo siguiente:
PRIMERO: En apego y cumplimiento a lo contenido en el artículo 24 de la Ley 8261 y sus reformas (LEY GENERAL DE LA PERSONA JOVEN) y en lo que nos interesa y se transcribe:
“Artículo 24- Creación, funcionamiento, conformación e integración de los comités de la persona joven. En cada municipalidad y concejo municipal de distrito se conformará un comité de la persona joven y será nombrado por un período de dos años; sesionará al menos dos veces al mes y estará integrado por personas jóvenes, de la siguiente manera:
a) Una persona representante municipal, designada por el concejo municipal.
b) Dos personas representantes de los colegios del cantón y de igual manera para los distritos donde exista concejo municipal de distrito, electas en una asamblea de este sector. Cada gobierno estudiantil tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité de la persona joven.
c) Dos personas representantes de las organizaciones juveniles cantonales y distritales debidamente registradas en la municipalidad o concejo municipal de distrito respectivo, electas en una asamblea de este sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité de la persona joven.
d) Una persona representante de las organizaciones deportivas cantonales o distritales, escogida por el comité cantonal o distrital de deportes.
e) Una persona representante de las organizaciones religiosas que se registren para el efecto en la municipalidad o concejo municipal de distrito, electa en una asamblea de este sector. Cada organización tendrá la posibilidad de postular un candidato y una candidata para integrar el comité de la persona joven.
Cada municipalidad y concejo municipal de distrito conformará el comité de la persona joven en los meses de octubre y noviembre de cada año, en los años pares, iniciando sus funciones el primero de enero del año impar.’
SEGUNDO: De acuerdo a lo anterior y para el cumplimiento del plazo establecido en el artículo mencionado, se procede a presentar el siguiente cronograma para la recepción de documentos de los diferentes sectores:
Del 13 al 19 de octubre de 2026 será la recepción de documentos físicos en la secretaria del Concejo Municipal o digitalmente al correo electrónico [email protected], en ambos medios hasta las 11:59 am. (5 días hábiles).
Del 19 al 23 de octubre de 2026, la Comisión de Gobierno y Administración procederá a la revisión de los currículos recibidos para su valoración y conformación de la terna correspondiente, la cual será incluida en el Dictamen correspondiente, el cual será presentado a conocimiento y votación del Concejo Municipal en pleno.
El lunes 26 de octubre de 2026 se presentará el dictamen emanado de la Comisión de Gobierno y Administración, conteniendo la terna de candidatos al Concejo Municipal para la elección correspondiente de la persona que tendrá la representación del Concejo Municipal en el Comité de la Persona Joven y se tomaran los acuerdos necesarios.
Del 13 al 19 de octubre de 2026 se recibirán las postulaciones de los representantes de los colegios. (5 días hábiles). Solicitando que se envíen dos representantes por colegio (hombre y mujer). Postulados por el Gobierno estudiantil o en su defecto por el director del centro educativo en un rango de edad de 12 a los 16 años.
Del 20 de octubre de 2026 al 26 de octubre de 2026 se recibirán las postulaciones del Comité Cantonal de Deporte y Recreación de San Rafael de Heredia. (5 días hábiles).
Del 20 de octubre de 2026 al 26 de octubre de 2026 se recibirán las postulaciones de las organizaciones juveniles. (5 días hábiles) Las organizaciones juveniles deben postular un hombre y una mujer.
Del 20 de octubre de 2026 al 26 de octubre de 2026 se recibirán las postulaciones de las organizaciones religiosas que se registren en la Municipalidad, electas en una Asamblea de este sector. Cada organización tiene la posibilidad de postular a un hombre o una mujer para integrar el Comité de la Persona Joven.
Del 27 de octubre al lunes 02 de noviembre de 2026 se realiza la convocatoria para las postulaciones de los diferentes sectores para realizar las asambleas correspondientes y obtener las postulaciones finales de cada uno de los sectores. (5 días hábiles)
El sábado 07 de noviembre de 2026 se realizará la asamblea para elegir las diferentes representaciones de los sectores. Cada uno de ellos deberá informar al Concejo Municipal del nombre de cada uno de sus representantes, adjuntando copia del acta donde consta que se llevó a cabo el debido proceso de elección en cada uno de los sectores involucrados.
TERCERO: Esta Comisión establece que en lo referente a la elección del representante que debe designar el Concejo Municipal, se conformará por parte de esta comisión una terna de candidatos que cumpla con el principio de paridad de género, la cual será presentada a conocimiento del Honorable Concejo Municipal.
POR TANTO:
CON FUNDAMENTO EN LOS ANTERIORES CONSIDERANDOS Y EN LOS NUMERALES 11 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; 11 DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; 13 Y 44 DEL CÓDIGO MUNICIPAL Y A LA LUZ DE LA RECOMENDACIÓN VERTIDA POR LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL DE HEREDIA, MEDIANTE EL DICTAMEN 0014-CGA-2026 ACUERDA:
ACUERDO # 1
PRIMERO: Se recomienda al Concejo Municipal de San Rafael de Heredia aprobar el presente dictamen de comisión para el nombramiento de la nueva Junta Directiva del Comité de la Persona Joven de San Rafael de Heredia
SEGUNDO: Se solicita que se tome como un acuerdo definitivamente aprobado
TERCERO: Se instruye a la señora secretaria del Concejo Municipal para que traslade este acuerdo a la administración municipal para que procedan a la publicación del cronograma antes mencionado en los diferentes medios de comunicación oficiales de la Municipalidad de San Rafael de Heredia y esta convocatoria pueda ser conocida por parte de la comunidad en general y puedan postularse las personas interesadas.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Siete Regidores presentes, siete votos afirmativos. APROBADO
Se somete a votación la firmeza del acuerdo
Siete Regidores presentes, siete votos afirmativos. APROBADO


